Procedimiento de Quiebra en Chile
¿Te sientes abrumado por las deudas y ves que no hay salida? ¡No estás solo y hay opciones legales para ti! En Chile, la antigua "quiebra" ahora se llama procedimiento concursal y está regulada por la Ley 20.720. Esta ley busca dar un respiro a empresas y personas endeudadas, ofreciéndoles caminos para reorganizarse o para, finalmente, liberarse de sus pasivos.
6/14/20258 min read
Existen distintos tipos de procedimientos, como la Reorganización (para empresas que buscan un nuevo comienzo) y la Liquidación (cuando ya no es posible continuar y se necesita vender los bienes para pagar).
En este blog, nos centraremos en uno de los caminos más importantes para las personas: la Liquidación Voluntaria de Persona Deudora. Te explicaremos de forma sencilla qué es, cómo funciona y qué beneficios puede traer para que puedas dar un verdadero "borrón y cuenta nueva" a tu vida financiera. ¡Descubre cómo esta ley puede ser tu solución!
1. ¿Qué es la Liquidación Voluntaria de Deudas para Personas y cuándo la puedo usar?
Este es un proceso legal donde una persona natural le pide a un tribunal que venda sus bienes para pagar a sus acreedores. Se usa cuando ya no puedes pagar tus deudas de forma generalizada. El objetivo es que, después de vender lo que tienes, las deudas pendientes se eliminen, permitiéndote empezar de nuevo sin esa carga financiera.
2. ¿Qué necesito para pedir la Liquidación Voluntaria de mis Deudas?
Debes demostrar al tribunal que ya no puedes pagar tus deudas (cesación de pagos). La solicitud la presentas directamente al tribunal, e incluyes una lista completa de tus bienes y tus deudas, además de un juramento de que no puedes pagar. No hay un límite de dinero en las deudas para poder acceder a este proceso.
3. ¿Cómo empieza el proceso de Liquidación Voluntaria de Deudas en el tribunal?
El proceso inicia cuando presentas tu solicitud con toda la información y documentos requeridos en el tribunal civil. El tribunal revisa que todo esté en orden y, si es así, emite una "Resolución de Liquidación" que da el vamos oficial al proceso.
4. Una vez que el tribunal declara la Liquidación de mis Deudas, ¿qué pasa?
Cuando se declara la liquidación, ocurren varias cosas importantes:
Todas tus deudas (salvo las con garantía específica) se consideran vencidas de inmediato.
Pierdes el control sobre tus bienes que serán vendidos, y un profesional llamado Liquidador se encarga de administrarlos y venderlos.
Los juicios de cobranza en tu contra se detienen y se unen a este único proceso.
Se prohíbe iniciar nuevas acciones legales para cobrarte.
Se designa formalmente al Liquidador.
5. ¿Hay una diferencia entre Liquidación de Deudas y Reprogramación de Deudas? ¡Sí, son distintas!
La Liquidación de Deudas es un proceso judicial para vender tus bienes y pagar a tus acreedores, con la meta de borrar las deudas que no se puedan pagar. Es para un "borrón y cuenta nueva".
La Reprogramación de Deudas es un proceso administrativo (ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento) donde buscas negociar con tus acreedores para acordar nuevas formas de pago, sin necesidad de vender tus bienes. Esta última es solo para personas naturales con deudas que no superen un cierto monto (5.000 UF).
6. ¿Quién es el Liquidador y qué hace en mi proceso?
El Liquidador es un profesional (designado por el tribunal de una lista oficial) que se encarga de gestionar todo tu proceso de liquidación. Sus funciones incluyen: tomar tus bienes, administrarlos, venderlos de la mejor manera posible, revisar todas las deudas, pagar a tus acreedores según la ley y rendir cuentas de todo lo que hizo.
7. ¿Cómo se revisan y pagan las deudas a los acreedores?
Tus acreedores tienen un plazo (generalmente 30 días hábiles desde que se publica el inicio del proceso) para presentar sus deudas al Liquidador. Él las revisa y las clasifica según una "lista de prioridades" establecida por ley (primero gastos del proceso, luego ciertos sueldos impagos, después deudas con hipotecas o prendas, y así sucesivamente). Con el dinero de la venta de tus bienes, se les paga siguiendo estrictamente este orden.
8. ¿Qué bienes NO se venden en la liquidación de mis deudas?
No todos tus bienes se venden. La ley protege ciertos bienes que son considerados "inembargables" y quedan fuera del proceso de liquidación. Esto incluye: tu ropa y menaje de casa básico, tus herramientas de trabajo esenciales, parte de tu sueldo o pensión, y otros bienes que la ley declare como inembargables para asegurar tu subsistencia y la de tu familia.
9. ¿Puedo proponer un acuerdo de pago en mi Liquidación Voluntaria de Deudas?
No, dentro del proceso de Liquidación Voluntaria de Deudas para personas, la ley chilena no permite proponer un acuerdo de pago formal (un "convenio concursal") como sí ocurre para empresas en reorganización. El objetivo de este proceso es vender tus bienes para pagar lo que puedas y luego extinguir el resto de las deudas. Si lo que buscas es un acuerdo de pago sin vender tus bienes, deberías considerar el proceso de Reprogramación de Deudas (si cumples los requisitos).
10. ¿Cómo termina el proceso de Liquidación Voluntaria de Deudas? El proceso termina principalmente de dos formas:
Cuando se logran pagar todas tus deudas.
Cuando ya no quedan bienes para vender y no es posible pagar todas las deudas. En este último caso, si actuaste de buena fe, las deudas que no se pudieron pagar se eliminan, permitiéndote un verdadero "borrón y cuenta nueva". Al final, el Liquidador presenta un informe detallado de todo lo ocurrido.
11. ¿Cuándo se inicia un proceso de Liquidación de Deudas (lo que antes se llamaba Quiebra)?
Este proceso de Liquidación (antigua quiebra) se inicia cuando una persona o empresa ya no puede pagar sus deudas de forma general. Puede ser iniciado por la propia persona o empresa (liquidación voluntaria) o por uno o más acreedores (liquidación forzosa). Si un acreedor lo pide de forma forzosa, debe cumplir ciertos requisitos, como que las deudas superen un monto (80 UTM) y que haya al menos dos documentos de deuda impagos y protestados.
12. ¿Qué diferencia hay entre iniciar yo mismo la Liquidación de Deudas y que me la impongan? La principal diferencia es quién da el primer paso:
Si la inicias voluntariamente, eres tú quien decide y la presentas al tribunal. Esto puede hacer el proceso más ordenado y menos estigmatizante, dándote más control inicial.
Si la imponen (liquidación forzosa), es un acreedor el que le pide al tribunal que te declare en liquidación. Esto suele ser más complejo y público. En ambos casos, el resultado es la venta de tus bienes para pagar deudas y la eliminación de los saldos pendientes.
13. ¿Una persona común y corriente (no una empresa) puede pedir la Liquidación Voluntaria de Deudas?
¡Sí, absolutamente! Las personas naturales, sin importar si tienen o no un negocio, pueden pedir la liquidación voluntaria de sus deudas si ya no pueden pagarlas. Este proceso está diseñado para ayudar a profesionales, empleados sobreendeudados o cualquier persona natural a liberarse de sus cargas financieras y tener una segunda oportunidad.
14. ¿Cómo se venden mis bienes en este proceso?
El Liquidador se encarga de vender tus bienes para obtener el mejor precio posible. La forma principal es a través de remate público. Sin embargo, para ciertos bienes (como los de poco valor o los que se echan a perder), el Liquidador puede realizar una venta directa, siempre con autorización judicial, para que sea más eficiente.
16. ¿Cuánto cuesta el proceso de Liquidación Voluntaria de Deudas?
Los costos incluyen los honorarios del Liquidador (según tarifas fijadas por la Superintendencia), gastos judiciales (publicaciones, peritajes) y gastos para cuidar y vender tus bienes. Estos costos tienen prioridad de pago sobre tus deudas. Si no tienes suficientes bienes para cubrir ni siquiera los costos básicos, la ley contempla mecanismos para que el proceso pueda avanzar igualmente a través de fondos especiales.
17. ¿Se puede "echar atrás" o anular una Liquidación Voluntaria de Deudas?
Una vez que el tribunal ha declarado la liquidación, es difícil "echarla atrás". Sin embargo, la decisión del tribunal puede ser revisada si hay errores o vicios formales. Si se descubre que proporcionaste información falsa o que cometiste graves irregularidades, el proceso podría anularse o tener otras consecuencias legales para ti.
18. ¿Cómo se enteran mis acreedores de que estoy en este proceso?
Se les informa de varias maneras: se les notifica directamente si se conocen sus datos, y lo más importante, se publica oficialmente en el Boletín Concursal (una especie de diario oficial para estos temas). Esta publicación es clave, ya que en ella se dan los plazos para que tus acreedores presenten sus deudas al Liquidador.
19. ¿Qué pasa con los bienes que tengo con hipoteca o prenda (garantías reales)?
Las hipotecas (sobre propiedades) y prendas (sobre autos u otros bienes) mantienen su validez. Los acreedores que tienen estas garantías tienen preferencia para cobrar su deuda con el dinero de la venta de ese bien específico. Si el bien se vende y sobra dinero, ese extra va para pagar a los otros acreedores. Si el bien no cubre toda la deuda, el saldo restante se suma a tus deudas generales. El acreedor también podría optar por cobrar su garantía por su cuenta fuera del proceso.
20. ¿Qué papel juego yo como deudor durante la Liquidación Voluntaria?
Aunque el Liquidador toma el control de tus bienes a liquidar, tu rol es muy importante: debes colaborar activamente con él, entregarle toda la información y documentos que te pida, y presentarte ante el tribunal o el Liquidador cuando te citen. Tienes derecho a trabajar y generar nuevos ingresos, ya que esos bienes futuros no entran en la liquidación. Tu cooperación es clave para que el proceso sea exitoso.
21. ¿Cómo se calcula el total de mis deudas para la liquidación? Se suman todas tus deudas al momento de presentar la solicitud, incluyendo las que están por vencer (se consideran vencidas para el proceso), los intereses y reajustes. No se incluyen deudas que ya estén prescritas o que no tengan un respaldo claro. El objetivo es tener un panorama completo de tus obligaciones financieras.
22. ¿Qué pasa con los bienes que adquiero después de que empieza la liquidación?
Esta es una gran ventaja: por lo general, los bienes que adquieras o los ingresos que generes después de que se declare la liquidación no entran en el proceso y son tuyos para empezar de nuevo. La única excepción importante es si recibes una herencia o un legado durante el proceso, esos bienes sí ingresan a la masa para pagar a tus acreedores.
23. ¿Cómo funcionan las juntas de acreedores?
La junta de acreedores es una reunión convocada por el Liquidador (y presidida por él). A ella asisten los acreedores que han presentado sus deudas. En esta junta se les informa cómo va el proceso, se les pide aprobar ciertas decisiones importantes (como la venta de algunos bienes), y ellos pueden fiscalizar la gestión del Liquidador. Las decisiones se toman por mayoría de los votos de los acreedores presentes.
24. ¿Qué puedo hacer como acreedor si no estoy de acuerdo con las decisiones del Liquidador?
Como acreedor, tienes varios derechos para defenderte: puedes impugnar (objetar) los créditos que el Liquidador ha reconocido (o no) ante el tribunal, reclamar si el Liquidador toma decisiones ilegales o perjudiciales, pedir que se remueva al Liquidador si no cumple bien su trabajo, o pedirle al tribunal que intervenga para corregir cualquier irregularidad. Tienes derecho a estar informado y a participar.
25. Procedimiento de Renegociación ( reprogramación) de deudas ¿Qué sucede si no cumplo con un Acuerdo de Reprogramación de Deudas?
Si no cumples con un Acuerdo de Reprogramación de Deudas (el que se hace ante la Superintendencia), cualquier acreedor que fue parte de ese acuerdo puede pedir al tribunal que inicie un Proceso de Liquidación Forzosa en tu contra. Esto significa que perderías los beneficios del acuerdo de reprogramación y tus bienes podrían ser vendidos para pagar tus deudas.
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